La figura jurídica, concebida para garantizar el cobro de deudas, se ha vuelto una herramienta de presión
La figura jurídica, concebida para garantizar el cobro de deudas, se ha vuelto una herramienta de presión
La figura jurídica, concebida para garantizar el cobro de deudas, se ha vuelto una herramienta de presión
- Bienes muebles del deudor en poder de terceros.
- Fondos depositados en bancos o cuentas financieras.
- Productos financieros y derechos incorporales sometidos o no a registro.
Álvarez indicó que imponer un embargo retentivo puede ser tan sencillo «como pagarle los honorarios a un alguacil para que te notifique un acto», y que, comúnmente, cuando se embargan cuentas bancarias, se hace en todas las instituciones financieras.
«Ocurre que muchas veces el embargo retentivo no se ejecuta en un solo banco, sino en todos los bancos que operan en la República Dominicana. Y puede ser que debas 100,000 pesos y te hayan congelado 10 millones», puntualizó.
Estos embargos, cuando carecen de justificación, representan un alto costo para los afectados, quienes deben asumir gastos de representación legal y actos de alguacil para resolver su situación.
Esta herramienta legal, según señaló Álvarez, suele utilizarse como estrategia para forzar un acuerdo entre las partes, eludiendo así los procedimientos establecidos por la ley.
Piden más regulación
La Asociación de Bancos Múltiples de la República Dominicana (ABA) calificó ayer como urgente y de alto interés la aprobación de una ley que regule los embargos retentivos.
La entidad argumentó que este mecanismo se ha transformado en un medio de coerción, utilizado con frecuencia sin criterios claros ni un efectivo control judicial previo, lo cual genera distorsiones que derivan en inseguridad jurídica y perjuicios económicos para los usuarios financieros.



















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