El Estado elaboró protocolo para saldar compromisos
La comisión interinstitucional que creó el protocolo, encabezada por el ministro de Hacienda y Economía, estableció en el documento que, una vez aceptada y revisada la documentación presentada por el contratista, el pago de las obligaciones reconocidas se realizará siempre y cuando existan las condiciones presupuestarias.
Indicó que cuando el pago no pueda efectuarse en el ejercicio fiscal en curso, se programará con la inclusión de las partidas correspondientes en el proyecto de Ley de Presupuesto General del Estado.
Hacienda y Economía deberá adoptar las medidas presupuestarias y financieras que correspondan para que los recursos económicos sean programados con cargo a la apropiación presupuestaria de Obligaciones del Tesoro, bajo la Dirección de Reconocimiento de Deuda Administrativa, conforme a la programación de ejecución del gasto y las disponibilidades financieras.
Contratistas deben aportar documentos
De igual forma, el protocolo señaló que, previo a la emisión de la orden de pago, el contratista deberá aportar un documento de descargo y finiquito legal a favor del Estado dominicano, de las instituciones que conforman la comisión y de sus respectivos funcionarios, en el cual declare que, una vez saldada la deuda, no realizará reclamaciones como intereses, astreintes, daños y perjuicios, costas, honorarios o cualquier otra prestación o penalidad derivada.
Obras e instituciones
A través de la Ley 16-26 que autoriza el pago a contratistas del Estado y crea una comisión para la revisión de reclamaciones derivadas de obras ejecutadas con o sin contrato formal, los legisladores establecieron el pago a 856 contratistas, algunos con varias obras presuntamente ejecutadas o en ejecución.
En las obras figuran carreteras, caminos vecinales, calles, puentes, escuelas y hospitales, entre , otras.




















Comments