El proyecto de ley busca tipificar y sancionar el reclutamiento de menores de 18 años en grupos armados irregulares y organizaciones delictivas
La propuesta contempla que las víctimas menores de edad no serán penalmente responsables por los hechos que cometan y destaca que esa protección se aplique incluso cuando los menores hayan participado en actos violentos.
El artículo 22 precisa que esa exención se refiere a hechos cometidos como consecuencia directa del sometimiento, la coacción, la instrumentalización o hechos derivados del reclutamiento.
El proyecto establece, además, que los menores víctimas no podrán ser sometidos a medidas punitivas, disciplinarias o sancionatorias por su sola vinculación, permanencia, fuga, deserción o desvinculación del grupo armado irregular.
La iniciativa dispone que estos menores de edad deberán recibir medidas de protección, atención médica y psicológica, restitución de derechos y reintegración social.
Busca castigar el reclutamiento de niños y adolescentes
El proyecto tiene como objetivo castigar con 15 a 20 años de prisión a quienes recluten, utilicen, incorporen o retengan a menores de edad en grupos armados irregulares y organizaciones delictivas.
Las sanciones podrían elevarse a un rango de 20 a 30 años cuando se presenten circunstancias agravantes, entre ellas que la víctima tenga menos de 14 años, que haya violencia, amenazas, secuestro o privación ilegítima de libertad, o que el menor sea destinado a cometer delitos graves, como homicidio, extorsión o tráfico de drogas.
También se contemplan agravantes cuando el responsable se aproveche de la pobreza extrema, el abandono o la vulnerabilidad de la víctima, cuando utilice medios digitales para captar menores o cuando sea una persona con autoridad, custodia o confianza sobre ellos.
La propuesta incluye como formas de cometer estos delitos la captación mediante engaños, promesas, intimidación o presión grupal, así como el contacto con menores a través de redes sociales, servicios de mensajería y otras plataformas digitales.
Otras consecuencias para los responsables
La iniciativa también permite que los tribunales impongan medidas adicionales a la prisión y las multas, como la inhabilitación para ejercer funciones relacionadas con el cuidado, la formación, la custodia o la seguridad de menores.
Asimismo, contempla la reparación de los daños causados a las víctimas, incluidos los gastos de atención médica, psicológica, rehabilitación y reintegración social.



















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